La empresa al acudir a una Entidad Organizadora como LIDERA FORMACIÓN, únicamente se preocupará de recibir la formación delegando en ésta las tareas administrativas de los trámites necesarios a llevar a cabo en la aplicación informática de la Fundación Tripartita, para comunicar el alta de la acción formativa a realizar, el inicio, finalización, etc.
Las empresas podrán aplicarse las bonificaciones por las acciones formativas realizadas a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que haya finalizado el grupo de formación y, en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.

"Si no utiliza esta Bonificación anual que le pertenece, la perderá"